martes, 19 de octubre de 2010

PERSONA

El concepto de persona jurídica tiene una larga y complicada historia. Es el fruto de una lenta y fatigosa elaboración conceptual, en la cual se refleja toda la historia de la dogmática y la experiencia jurídicas (Orestano). Los varios significados de “persona”, los de su equivalente griego: y sus derivaciones modernas han sido objeto de muchas controversias entre filósofos y teólogos. En la actualidad “persona jurídica” es un término altamente técnico con el cual los juristas normalmente se refieren a una entidad dotada de existencia jurídica, susceptible de ser titular de derechos subjetivos, facultades, obligaciones y responsabilidades jurídicas.
Prácticamente todos los teóricos del derecho coinciden en señalar que “persona” constituye un concepto jurídico fundamental. Sin embargo, su uso no se limita a la teoría general del derecho. La noción de persona es  un concepto jurídico técnico: aparece en el lenguaje de juristas , jueces y abogados y en los textos de derecho positivo. No obstante, la locución “persona” no es exclusiva del discurso jurídico. Por el contrario, procede de campos muy alejados del derecho (Duff, Esquivel).
La expresión “persona” es equívoca y polisémica. Un correcto entendimiento de los usos de “persona” en el discurso jurídico requiere de un adecuado conocimiento de su significado paradigmático y de su traslado al campo de derecho.

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